La SHCP Amplia la Fecha para el Retorno de Capitales
SAT -
** Tienes hasta el 19 de octubre para aprovechar las facilidades; regresa tu dinero al país e invierte en México.
** Con tu retorno de capitales fortalecemos la economía mexicana; invierte en México.
** Paga el 8% sobre el monto total de los recursos retornados, sin deducciones, e inviértelos en el País en actividades productivas por al menos dos años.
05/09/2017-Ciudad de México-SAT
El retorno de recursos del extranjero es una facilidad fiscal para personas físicas y morales que promueve el regreso a México de recursos ubicados en el extranjero, con la finalidad de que se inviertan en actividades benéficas para el país; para ello, se ofrece una tasa reducida de ISR del 8% sobre el monto de los recursos que se retornen.
Es importante tomar en cuenta que aquellos contribuyentes que tienen capital en el extranjero del cual en su momento pagaron ISR, solo deben acreditar ese pago y el monto del 8% del ISR a que se refiere el Decreto, solo aplicará por el capital del cual no se haya cubierto el impuesto.
Este esquema, que estará vigente durante seis meses contados a partir de la publicación del decreto, está dirigido a personas físicas y morales residentes en México y a residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que hayan obtenido ingresos provenientes de inversiones directas e indirectas, y que los hayan mantenido en el extranjero hasta el 31 de diciembre de 2016.
Para obtener este beneficio, el capital retornado deberá destinarse a inversiones productivas como las que se enumerarán a continuación:
• Adquisición de bienes de activo fijo.
• Adquisición de terrenos y construcciones.
• En investigación y desarrollo de tecnología y exclusivamente a la ejecución de proyectos propios del contribuyente que se encuentren dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción para la investigación y desarrollo de tecnología.
• El pago de pasivos que hayan contraído con partes independientes con anterioridad a la entrada en vigor del decreto que otorga esta facilidad. También se considerará dentro de este supuesto el pago de contribuciones o aprovechamientos, así como el pago de sueldos y salarios derivados de la prestación de un servicio personal subordinado en territorio nacional.
• En la realización de inversiones en México a través de instituciones de crédito o en casas de bolsa, constituidas conforme a las leyes mexicanas.
Los recursos deberán ser utilizados en la realización de sus actividades en el país, sin poder enajenar los bienes o disminuir las inversiones, en 2 años.
Es importante señalar que el ISR que aplica en el retorno de capitales deberá pagarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del retorno de los recursos.
El retorno del capital del extranjero a México es una oportunidad de crecimiento para sectores específicos, contribuye a la generación de empleos para los mexicanos, y con él se prevé un alza en la recaudación tributaria, por lo que genera ingresos que se destinarán a sufragar el gasto público para blindar y fortalecer la economía de nuestro país.
Decreto que otorga diversas facilidades administrativas en materia del impuesto sobre la renta relativos a depósitos o inversiones que se reciban en México. (Publicado el 17 de julio de 2017).
Decreto que otorga diversas facilidades administrativas en materia del impuesto sobre la renta relativos a depósitos o inversiones que se reciban en México. (Publicado el 18 de enero de 2017).
Fuente: http://www.sat.gob.mx/Retorno_de_inversiones/Paginas/default.aspx