Nueva Ley de Fomento al Empleo en el estado de Veracruz
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*Jóvenes recién egresados, adultos mayores no pensionados podrán ser contratados
16/05/2012-Xalapa, Ver.-Marissa Sánchez
Esta Ley, la número 549 en el estado, tiene por objeto incentivar, sin distinción de género, la contratación de jóvenes entre 14 y 29 años de edad, recién egresados de tecnológicos, universidades, colegios de bachilleres y demás centros educativos, sin que hayan sido dados de alta previamente ante el IMSS. También se podrán contratar adultos mayores de 50 años no pensionados ni jubilados y personas con capacidades diferentes.
De acuerdo con el artículo quinto de esta Ley el patrón que contrate a un trabajador de reciente ingreso para ocupar algún puesto de nueva creación, tendrá derecho a exentar el impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal respecto de dicho trabajador, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en esta ley.
Cabe señalar que la exención a que se refiere, sólo será aplicable tratándose de trabajadores que perciban diariamente hasta 6 veces el salario mínimo general vigente.
El patrón que contrate a trabajadores de nuevo ingreso (conforme a esta nueva Ley), no perderá el beneficio que la misma otorga en el caso de que termine la relación laboral con el trabajador, en términos del a Ley Federal del Trabajo, siempre y cuando el puesto de nueva creación que quede vancante sea ocupado por otro trabajador de reciente ingreso.
En los demás artículos de esta Ley, publicada en la Gaceta Oficial el 9 de mayo del año en curso, se indican los requisitos que deberá cubrir el patrón para tene4r derecho a la exención antes mencionada.