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Expide SE declaratoria de vigencia de norma a tubos de acero
Agencias - La norma entrará en vigor 60 días naturales a partir de hoy viernes.
*Esta norma mexicana no es aplicable a tubos de hierro
23/03/2018-México-Reportacero/Verónica Flores
La Secretaría de Economía (SE) expidió la declaratoria de vigencia de la norma mexicana NMX-B-516-CANACERO-2017 "industria siderúrgica-tubos de acero para sistemas de transporte por ductos de petróleo, gas y otros fluidos".

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF) la SE especifica los requisitos para la fabricación de dos niveles de especificación de productos (NEP 1 y NEP 2) de tubos de acero con costura y sin costura para uso en sistemas de transporte por tubos en las industrias de petróleo y gas natural y otros fluidos.

Detalló que esta norma mexicana no es aplicable a tubos de hierro.

A su vez refiere que esta norma mexicana es una modificación (MOD) de la norma internacional ISO 3183:2012 Petroleum and natural gas industries-Steel pipe for pipeline transportation systems.

La diferencia se aplica en el capitulo 2 referencias, ya que modifica la numeración de los capítulos con respecto a la numeración de la ISO 3183:2012, ya que se eliminó por forma de la NMX-Z-013-SCFI-2015 el capítulo 2 de ésta.

A su vez, en el Apéndice H Tubos NEP 2 ordenados para servicio amargo; A partir de este apéndice se modificó el orden de los subsecuentes apéndices ya que se consideró no incluir los de la ISO 3183:2012 por lo siguiente:

Apéndice I, el tubo comprendido en éste no se fabrica en México.

Apéndice L, comprende designaciones de aceros aplicables a Europa.

Apéndice M, comprende especificaciones que aplican a Europa.

Apéndices N y O, son de carácter informativo, además que vienen en blanco, es decir, no presentar contenido.

Anexo P, es de carácter informativo y se consideró conveniente no incluirlo.

Y también en el Apéndice K (normativo). Tabla K1. Diámetro externo permisible especificado y espesor especificado (a). Se consideró conveniente que la tabla 9 de la ISO 3183:2012 pasará a ser un apéndice.

La norma entrará en vigor 60 días naturales a partir de hoy.

Fuente: http://www.reportacero.com/index.php?option=com_content&view=article&id=18895:se&catid=48:nacioanles


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