SAT niega prórroga para emitir facturas con complemento de pago
Agencias - Los sistemas de las empresas aún no están listos, pero la autoridad rechazó la petición.
*El Instituto Mexicano de Contadores Públicos solicitó ampliar el plazo para implementar el complemento del pago del CFDI 3.3
16/08/2018-Ciudad de México-El Financiero / Zenyazen Flores
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que el plazo para que se incorpore el complemento de recepción de pagos en las facturas electrónicas se mantiene al 1 de septiembre de 2018.
Este recordatorio se da luego de que por la mañana el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) solicitó prorrogar la entrada en vigor de dicha disposición al 1 de enero de 2019, ya que los sistemas implementados en las empresas aún no están listos.
"Se mantiene el plazo para emitir facturas con el complemento de recepción de pagos. A partir del 1 de septiembre se deberá emitir el recibo electrónico de pagos al momento de recibir un pago en parcialidades o diferido", subrayó el SAT esta noche en un comunicado.
El fisco indicó que la autoridad fiscal reconoce el esfuerzo de los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales adaptándose a los nuevos servicios digitales que se han puesto a su disposición, lo que ha llevado a brindarles beneficios como las declaraciones prellenadas.
"Para continuar brindando estos beneficios, es necesario que la información que se recibe de los contribuyentes cada vez sea más precisa, para evitar con esto sanciones en los comprobantes que emiten", apuntó.
Recordó que esta nueva factura entró en vigor en julio de 2017 y a partir del 1 de septiembre del 2018 los contribuyentes estarán obligados a generar el recibo de pago, cuando las operaciones sean pactadas en parcialidades o pagos diferidos.
El SAT añadió que los principales desarrolladores de sistemas han confirmado que las actualizaciones necesarias del recibo electrónico de pago se encuentran listas.
Por la mañana, el presidente del IMCP, José Besil, dijo en conferencia de prensa que la etapa en la que se encuentran los contribuyentes es la implementación del complemento de pago del CFDI 3.3, pues ante la emisión de ese nuevo comprobante las empresas y personas físicas aún están identificando cuántas facturas emiten las empresas al día, cuántos depósitos se reciben al día y a qué facturas corresponden.
"Esa es la problemática a la que en este momento nos enfrentamos, los sistemas implementados en las empresas no están listos, los paquetes de contabilidad o de administración que las empresas están usando tampoco están listos, porque cuando se utiliza paquetería diferente, la identificación de los CFDI expedidos no puede ligarse sistemáticamente y tiene que hacerse manual".
Por ello, el IMCP solicitó al SAT que la entrada en vigor del complemento de pago sea a partir del 1 de enero del año próximo, a fin de que los contribuyentes "estemos en posibilidad de dar cabal cumplimiento a la nueva obligación que ha representado una nueva complejidad en la administración, principalmente en el área de cuentas por cobrar de las empresas".
Fuente: http://www.elfinanciero.com.mx/economia/sat-niega-prorroga-para-emitir-facturas-con-complemento-de-pago