Diario Oficial 12 de septiembre de 2018
Agencias -
*Gaceta Oficial, número extraordinario del 11 de septiembre
12/09/2018-Xalapa, Ver.-AIEVAC
SECRETARÍA DE ECONOMÍA
Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.
BANCO DE MÉXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $19.2680 M.N. (diecinueve pesos con dos mil seiscientos ochenta diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país.
Tasas de interés interbancarias de equilibrio.
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazos de 28 y 90 días obtenidas el día de hoy, fueron de 8.1150 y 8.1850 por ciento, respectivamente.
Las citadas Tasas de Interés se calcularon con base en las cotizaciones presentadas por las siguientes instituciones de banca múltiple: BBVA Bancomer, S.A., Banco Santander S.A., HSBC México S.A., Banco J.P. Morgan S.A., Banco Credit Suisse (México), S.A., Banco Azteca S.A. y Banco Mercantil del Norte S.A.
Costo de captación a plazo de pasivos denominados en dólares de Estados Unidos de América, a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CCP- Dólares).
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo dispuesto por su resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 1996, informa que el costo de captación a plazo de pasivos denominados en dólares de Estados Unidos de América, a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CCP-Dólares), expresado en por ciento anual, fue de 4.10 (cuatro puntos y diez centésimas) en agosto de 2018.
GACETA OFICIAL
Número Extraordinario
11 de septiembre de 2018
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
Decreto número 700 por el que se reforma el inciso A) de la fracción IV del artículo 3 de la ley de Fomento al Empleo del estado de Veracruz.
Folio 1649
Decreto número 701 por el que se reforma el Artículo 153 en su penúltimo párrafo de la ley de Tránsito y Seguridad Vial para el estado de Veracruz.
Folio 1650
Decreto número 703 que reforma la fracción XV y adiciona la fracción XVI del artículo 47 de la Ley de Protección Civil y la reducción del riesgo de desastres para el estado de Veracruz.
Folio 1651
Decreto número 706 que reforma diversas disposiciones del Código Hacendario Municipal para el estado de Veracruz.
Folio 1652
Decreto número 707 que reforma el artículo 81 Fracción II de la Ley de Turismo del estado de Veracruz.
Folio 1653
Decreto número 708 que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Turismo del estado de Veracruz.
Folio 1654
Decreto número 710 que reforma diversas disposiciones de la Ley de Planeación del estado de Veracruz.
Folio 1655