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Renuevan Salvaguarda al acero
Agencias -
*Su vigencia concluirá a los 180 días naturales contados a partir de su entrada en vigor
25/03/2019-Ciudad de México-Reportacero
A partir de este martes 26 de marzo entrará en vigor la Salvaguarda al acero que implica la aplicación de aranceles del 15% a la importación de 175 fracciones arancelarias de productos siderúrgicos, procedentes de países con los que México no tiene acuerdos comerciales.

Un mes después de que el gobierno anunciara que se renovaría el arancel, hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial.

Según el Decreto se determinó proteger a las familias de placa en hoja, placa en rollo, lámina rolada en frío, laminada rolada en caliente, alambrón, tubos sin costura, tubos con costura, lámina recubierta, varilla y perfiles, y además determinó que 11 fracciones arancelarias de las 186 que estaban antes quedaron ahora excluidas.

"El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su vigencia concluirá a los 180 días naturales contados a partir de su entrada en vigor".

En el anterior Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de junio de 2018 se modificó la TIGIE para establecer el aumento temporal del arancel de importación de 186 fracciones arancelarias de productos siderúrgicos de las familias de placa en hoja, placa en rollo, lámina rolada en frío, laminada rolada en caliente, alambrón, tubos sin costura, tubos con costura, lámina recubierta, varilla y perfiles, a fin de propiciar que la industria nacional siderúrgica tuviera la capacidad de enfrentar los retos derivados de la sobreoferta en la producción de acero a nivel mundial, y mediante diverso publicado en el citado órgano de difusión oficial el 17 de agosto de 2018, se modificó la descripción de la fracción arancelaria 7216.33.01 comprendida dentro de las fracciones que tuvieron el aumento temporal antes señalado.

Según el Decreto al persistir la ausencia de condiciones para una competencia libre de distorsiones entre las industrias siderúrgicas de diferentes países, aunado a una caída en los precios y una desviación del comercio por el aumento de la oferta mundial del acero, resulta urgente y necesario establecer un aumento del impuesto general de importación para 186 fracciones arancelarias de productos siderúrgicos.

Que mediante los Decretos mencionados en el segundo considerando también se modificó el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, con el fin de incorporar, por la misma temporalidad, diversas fracciones arancelarias para evitar que el impuesto general de importación impacte a las cadenas productivas y se mantenga la competitividad en los sectores industriales más sensibles como lo son el eléctrico, el electrónico, el automotriz y el de autopartes, por lo que, con el propósito de continuar con la congruencia en la medida, resulta urgente y necesario modificar el Decreto señalado.



Fuente: https://www.reportacero.com/index.php?option=com_content&view=article&id=27790:salvaguarda&catid=42:4-noticias-para-slide


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