Diario Oficial de la Federación, 25 de marzo de 2019
Agencias -
*Gaceta Oficial, Número Extraordinario del 22 de marzo
25/03/2019-Xalapa, Ver.-Alejandra López
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Acuerdo por el que se modifican los Términos para la estricta separación legal de la Comisión Federal de Electricidad, publicados el 11 de enero de 2016.
SECRETARÍA DE ECONOMÍA
Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial.
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera
BANCO DE MÉXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $19.1369 M.N. (diecinueve pesos con un mil trescientos sesenta y nueve diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país.
Tasas de interés interbancarias de equilibrio.
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazos de 28 y 91 días obtenidas el día de hoy, fueron de 8.5125 y 8.5175 por ciento, respectivamente.
Las citadas Tasas de Interés se calcularon con base en las cotizaciones presentadas por las siguientes instituciones de banca múltiple: BBVA Bancomer S.A., Banco Nacional de México S.A., Banco Inbursa S.A., Banco Invex S.A., Banco J.P. Morgan S.A., Banco Credit Suisse (México) S.A. y Banco Mercantil del Norte S.A.
Costo porcentual promedio de captación de los pasivos en moneda nacional a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CPP).
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo dispuesto por sus resoluciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 20 de octubre de 1981, 17 de noviembre de 1988, 13 de febrero de 1996 y 3 de noviembre de 2005, informa que el costo porcentual promedio de captación de los pasivos en moneda nacional a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CPP), expresado en por ciento anual, ha sido estimado en 5.73 (cinco puntos y setenta y tres centésimas) para marzo de 2019.
Costo de captación a plazo de pasivos denominados en unidades de inversión a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CCP-UDIS).
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, para efectos de lo previsto en los artículos 135 Bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 95 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y según lo dispuesto en sus resoluciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 6 de noviembre de 1995, 13 de febrero de 1996 y 13 de mayo de 2002, informa que el costo de captación a plazo de pasivos denominados en unidades de inversión a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CCP-UDIS), expresado en por ciento anual, ha sido estimado en 4.42 (cuatro puntos y cuarenta y dos centésimas) para marzo de 2019.
Costo de captación a plazo de pasivos denominados en moneda nacional a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CCP).
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo dispuesto por su resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 1996, informa que el costo de captación a plazo de pasivos denominados en moneda nacional a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CCP), expresado en por ciento anual, ha sido estimado en 7.27 (siete puntos y veintisiete centésimas) para marzo de 2019.
Valor de la unidad de inversión.
El Banco de México, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero del Decreto que establece las obligaciones que podrán denominarse en unidades de inversión y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta; con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el artículo 20 Ter del referido Código, da a conocer el valor en pesos de la Unidad de Inversión, para los días 26 de marzo a 10 de abril de 2019.
FECHA Valor(pesos)
26-marzo-2019 6.255610
27-marzo-2019 6.256613
28-marzo-2019 6.257617
29-marzo-2019 6.258620
30-marzo-2019 6.259624
31-marzo-2019 6.260628
1-abril-2019 6.261632
2-abril-2019 6.262636
3-abril-2019 6.263640
4-abril-2019 6.264645
5-abril-2019 6.265650
6-abril-2019 6.266654
7-abril-2019 6.267659
8-abril-2019 6.268665
9-abril-2019 6.269670
10-abril-2019 6.270675
GACETA OFICIAL
Número Extraordinario
22 marzo 2019
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
Congreso del Estado
Se exhorta al Titular del Ejecutivo del Estado a retirar la caseta de peaje denominada Puente Coatzacoalcos 1, ubicada en el Municipio de Coatzacoalcos, Ver.
folio 297