Estas son las obligaciones de tu empresa (y las tuyas) con la nueva norma laboral
Agencias -
*La NOM-035-STPS-2018 establece las medidas para identificar y prevenir los factores de riesgo psicosociales, además de las pautas para promover un entorno de trabajo favorable
11/10/2019-Ciudad de México-El Financiero
La Norma Oficial Mexicana (NOM)-035-STPS-2018 entra en vigor el 23 de octubre de este año y su aplicación buscará prevenir, entre otras cosas, el estrés laboral de los trabajadores.
La norma, llamada ‘Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención’, establece las medidas para identificar y prevenir los factores de riesgo psicosociales, además de las pautas para promover un entorno de trabajo favorable.
Con el objetivo de que se cumplan las disposiciones de la NOM-035, se establecen obligaciones tanto para empresas como para trabajadores. ¿Cuáles son? Acá te las explicamos.
Obligaciones para empresas
a) De acuerdo con la firma Galicia Abogados, las siguientes son obligaciones para todas las empresas, sin importar el número de empleados que tenga:
-Implementar una política de prevención de riesgos psicosociales.
-Identificar a los trabajadores que hayan presenciado acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo, y canalizarlos para su atención médica.
-Realizar actividades de difusión y prevención en la empresa.
b) Las siguientes son las obligaciones para las compañías con más de 15 y hasta 50 trabajadores, y entran en vigor el 23 de octubre de 2020:
-Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial de la empresa. Esto deberá realizarse cada dos años.
-Adoptar medidas para prevenir y controlar factores de riesgo psicosocial.
-Promover el entorno organizacional favorable, y llevar a cabo medidas que sean contrarias al mismo o que fomenten actos de violencia laboral.
-Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral o a los factores de riesgo psicosocial. Esto se debe realizar únicamente si existen signos o síntomas que denoten alteración a la salud, existan quejas de violencia laboral, o sean el resultado de la identificación y análisis de factores de riesgos psicosocial.
-Llevar el registro de los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial.
c) Obligaciones para centros de trabajo con más de 50 trabajadores:
-Registrar por escrito la evaluación del entorno favorable de la organización. Esta valoración deberá contener los siguientes puntos:
1. El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa.
2. La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas.
3. La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores.
4. La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores.
5. La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares.
6. La evaluación y el reconocimiento del desempeño de los trabajadores.
Los anteriores puntos son detallados con mayor detenimiento en el punto 5 de la NOM-035, que lleva por nombre ‘Obligaciones del patrón’.
Obligaciones de los trabajadores
a) El punto 6 de la NOM-035 detalla que los empleados deben observar las medidas de prevención de la norma y las que detalle la empresa, las cuales estarán enfocadas en el control de los factores de riesgo psicosocial; en la colaboración para contar con un entorno organizacional favorable; y en la precaución actos de violencia laboral.
b) Los trabajadores deben abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno favorable de la empresa y se prohíben los actos de violencia laboral.
c) Además, los empleados participarán en la identificación de los factores de riesgo psicosocial y, en su caso, en la evaluación del entorno organizacional.
d) Parte importante de las obligaciones de los trabajadores es que deben denunciar actos de violencia laboral ante el patrón o la comisión de seguridad e higiene (de la cual se dan detalles en la NOM- 019-STPS-2011).
e) La NOM-035 detalla que el trabajador debe “informar por escrito al patrón directamente, a través de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo o de la comisión de seguridad e higiene; haber presenciado o sufrido un acontecimiento traumático severo”.
¿Qué debe llevar este escrito? Fecha de elaboración del texto; el nombre del trabajador que elabora el documento; de ser necesario, el nombre de los trabajadores involucrados en el hecho; la fecha de ocurrencia; y la descripción de los acontecimientos.
f) Participar en eventos de información que organice la empresa.
g) Someterse a evaluaciones médicas y exámenes psicológicos.
Fuente: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/estas-son-las-obligaciones-de-tu-empresa-y-las-tuyas-con-la-nueva-norma-laboral