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Diario Oficial
Diario Oficial, febrero 25 de 2020
Agencias -
*Gaceta Oficial del Estado, Número Extraordinario del 24 de febrero
25/02/2020-Xalapa, Ver.- Ninguno
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Acuerdo por el cual se da a conocer el informe sobre la recaudación federal participable y las participaciones federales, así como los procedimientos de cálculo, por el mes de enero de 2020 y las participaciones del Fondo de Fiscalización y Recaudación del cuarto trimestre de 2019.


BANCO DE MÉXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $19.1197 M.N. (diecinueve pesos con un mil ciento noventa y siete diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país.

Tasas de interés interbancarias de equilibrio
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazos de 28 y 91 días obtenidas el día de hoy, fueron de 7.3015 y 7.2250 por ciento, respectivamente.
Las citadas Tasas de Interés se calcularon con base en las cotizaciones presentadas por las siguientes instituciones de banca múltiple: Banco Santander S.A., Banco Nacional de México S.A., Banco Invex S.A., Banco J.P. Morgan S.A., Banco Credit Suisse (México) S.A., Banco Azteca S.A. y Banco Mercantil del Norte S.A.

Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 6.99 por ciento.

Valor de la unidad de inversión
El Banco de México, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero del Decreto que establece las obligaciones que podrán denominarse en unidades de inversión y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta; con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el artículo 20 Ter del referido Código, da a conocer el valor en pesos de la Unidad de Inversión, para los días 26 de febrero a 10 de marzo de 2020.

FECHA Valor(Pesos)
26/02/2020 6.458664
27/02/2020 6.459227
28/02/2020 6.459790
29/02/2020 6.460353
01/03/2020 6.460916
02/03/2020 6.461478
03/03/2020 6.462042
04/03/2020 6.462605
05/03/2020 6.463168
06/03/2020 6.463731
07/03/2020 6.464294
08/03/2020 6.464857
09/03/2020 6.465421
10/03/2020 6.465984


Costo porcentual promedio de captación de los pasivos en moneda nacional a cargo de las Instituciones de banca múltiple del país (CPP)

El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo dispuesto por sus resoluciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 20 de octubre de 1981, 17 de noviembre de 1988, 13 de febrero de 1996 y 3 de noviembre de 2005, informa que el costo porcentual promedio de captación de los pasivos en moneda nacional a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CPP), expresado en por ciento anual, ha sido estimado en 5.71 (cinco puntos y setenta y un centésimas) para febrero de 2020.

Costo de captación a plazo de pasivos denominados en unidades de inversión a cargo de las Instituciones de banca múltiple del país (CCP-UDIS)
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, para efectos de lo previsto en los artículos 135 Bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 95 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y según lo dispuesto en sus resoluciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 6 de noviembre de 1995, 13 de febrero de 1996 y 13 de mayo de 2002, informa que el costo de captación a plazo de pasivos denominados en unidades de inversión a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CCP-UDIS), expresado en por ciento anual, ha sido estimado en 4.39 (cuatro puntos y treinta y nueve centésimas) para febrero de 2020.

Costo de captación a plazo de pasivos denominados en moneda nacional a cargo de las Instituciones de banca múltiple del país (CCP)
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo dispuesto por su resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 1996, informa que el costo de captación a plazo de pasivos denominados en moneda nacional a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CCP), expresado en por ciento anual, ha sido estimado en 6.53 (seis puntos y cincuenta y tres centésimas) para febrero de 2020.


GACETA OFICIAL
Número Extraordinario
24 de febrero de 2020

GOBIERNO DEL ESTADO
Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz

Convenio de coordinación y colaboración con la Auditoría Superior de la ciudad de México, en materia de revisión y fiscalización superior, investigación, notificación, asesoría e intercambio de información.
folio 0166

Convenio de coordinación con la Contraloría General del estado de Veracruz para maximizar la cobertura y el impacto de la fiscalización en el estado de Veracruz.
folio 0167

Convenio de cooperación técnica con la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente.
folio 0168

PODER EJECUTIVO
Oficina del Gobernador

Decreto número 552 que aprueba los informes individuales y el Informe General Ejecutivo de las cuentas públicas de los entes fiscalizables del estado de Veracruz correspondientes al ejercicio 2018.
folio 0205


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