Empresas estudian defensa jurídica contra la Ley de Hidrocarburos: Onexpo
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*Como advirtieron legisladores de oposición en prácticamente todos los posicionamientos, la nueva ley enfrentará amparos que se centran en tres argumentos: la retroactividad de derechos adquiridos de los quejosos, las violaciones a la libre competencia y la expropiación de facto que provocará la suspensión de permisos.
15/04/2021-Ciudad de México-El Economista/Karol García
La Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (Onexpo) que agrupa a empresarios gasolineros de las 32 entidades, aseguró que ante la promulgación de la iniciativa que modifica la Ley de Hidrocarburos permitiendo la revocación de permisos de importación, distribución y comercialización de combustibles, las empresas del sector estudian ya los medios de defensa previstos por el orden jurídico nacional.
“Se analiza y valora entre otros, el aspecto relativo al alcance y los efectos de estas modificaciones y las medidas que cada unidad económica y la integralidad del sector permiten”, informó la organización.
Como advirtieron legisladores de oposición en prácticamente todos los posicionamientos, la nueva ley enfrentará amparos que se centran en tres argumentos: la retroactividad de derechos adquiridos de los quejosos, las violaciones a la libre competencia y la expropiación de facto que provocará la suspensión de permisos.
Según Carlos Vallejo Galván, abogado del sector energético en Lexoil Consultores, la mayor violación ante la cual se defenderá la industria será la modificación al Artículo 59 BIS de la Ley, que permite la suspensión provisional de permisos como una intervención que puede ser interpretada como una expropiación de facto en que se deja a la libre interpretación al arbitrio o capricho de la autoridad si los permisos tienen afectaciones a la seguridad energética, nacional o a la economía del país.
Pero previo a su discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados, la comisión de Energía añadió una adenda que agregó un texto que obliga a ambas dependencias a notificar al particular al que se le ha suspendido su permiso las causas de dicha suspensión, ya que la iniciativa sólo obligaba a informar sobre las razones por las cuales se está procediendo y la afectación que podrían darse en caso de que continúen los actos que ampare el permiso. Además, el permisionario tendrá 15 días naturales para exponer “lo que a su derecho corresponda y convenga aportar”, como las pruebas que estime pertinentes respecto a la falta que se le impute.
Y también se estableció otro plazo de 15 días para que la autoridad que haya otorgado el permiso para resolver, considerando los argumentos y pruebas aportadas por el permisionario. “La determinación de suspender o no el permiso deberá ser debidamente fundada, motivada y notificada al permisionario, sin perjuicio de las infracciones y responsabilidades en las que, en su caso, este último incurra”, se añadió a dicho artículo.
Cabe recordar que antes de la aprobación que se llevó a cabo este miércoles, la Comisión Federal de Competencia Económica advirtió que de aprobarse en sus términos la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de Hidrocarburos se afectaría negativamente el proceso de competencia y libre concurrencia de la cadena de valor de los hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, lo que podría resultar en una disminución de la oferta de bienes y servicios en la industria, con el consecuente aumento en los precios que pagan por ellos las familias y empresas mexicanas.
Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Empresas-estudian-defensa-juridica-contra-la-Ley-de-Hidrocarburos-Onexpo--20210414-0108.html