Por una industria para Veracruz | |||
[email protected] | |||
228 842 33 40 |
Información General |
La filial de Monterrey de la española Iberdrola Energía fue multada por 9,145 millones de pesos acusada de vender energía de su planta con un permiso legado de autoabastecimiento a socios que no estaban originalmente en el permiso. El monto estipulado es el más alto que se ha impuesto en el sector energético mexicano por un regulador y además resulta el segundo más alto en la historia de la regulación a privados en el país, después de la sanción que la Comisión Federal de Competencia impuso a Telcel en 2011.
Iberdrola, desde su filial en México, omitió dar comentarios acerca del suceso, reservándose su opinión, dijo a El Economista.
La resolución del regulador estableció que el permisionario incumplió el artículo 36, fracción l, inciso a de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) que plantea que "no se deben vender energía eléctrica a terceras personas físicas o morales que no fueren socios de la misma al aprobarse el proyecto original que incluya planes de expansión".
Cabe recordar que en abril del 2011, la Comisión Federal de Competencia (CFC, hoy de Competencia Económica, Cofece, aunque sin atribuciones para las telecomunicaciones que son reguladas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, IFT) sancionó a Radiomóvil Dipsa (Telcel) con una multa de 11,989 millones de pesos por reincidir en la comisión de una práctica monopólica relativa en el mercado de terminación de llamadas en su red de telefonía móvil.
Entonces, el organismo informó que el Pleno de la CFC ordenó además la corrección o supresión de la práctica, y que el monto de la multa correspondió a 10% de los activos de Telcel, sanción máxima prevista en el Artículo 35 de la Ley de Competencia en caso de reincidencia.
Mientras tanto, en esta ocasión se sancionó a lberdrola Energía Monterrey, titular del permiso para generar energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento, explicó la CRE.
Las conductas que generaron infracciones fueron que Iberdrola Energía Monterrey, en su calidad de permisionaria de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento, es acusada de vender la energía eléctrica generada por la central eléctrica en contravención del artículo 36, fracción I, inciso a), segundo párrafo, numeral 4) de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) y 90, fracción I del Reglamento de la LSPEE, ambos, legados del régimen de 1992 por existir todavía permisos vigentes cuando se expidió la Ley de la Industria Eléctrica en 2014.
"Del periodo de 1 de enero de 2019 al 31 de agosto de 2020, que abarcan los Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) proporcionados por la Administración General de Hidrocarburos del SAT", según la resolución de la CRE, "se advierte que la permisionaria comercializó la energía eléctrica generada por la central vendiéndola a sus socios, en contravención de lo previsto".
En tanto, el presidente Andrés Manuel López Obrador consideró como justa esta multa que equivale a 446 millones de dólares que el regulador cuyo órgano de gobierno tiene a cinco de sus seis integrantes seleccionados en la presente administración, impuso a Iberdrola por apoyarse en la figura del autoabasto para vender energía a clientes disfrazados de socios en un mercado paralelo o negro que la reforma del 2014 permitió al dejar huecos legales.