IMSS abandona a salarios mínimos
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*Ante las inquietudes del sector patronal, el organismo federal determinó aplicar la Unidad de Medida y Actualización para el pago de cuotas obrero-patronales
31/01/2017-Ciudad de México- Ninguno
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aplicará la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para el pago de cuotas obrero-patronales y todos aquellos conceptos de seguridad social que estén referenciados en salarios mínimos, esto en concordancia con la reforma constitucional que desindexó el mínimo.
Este criterio será aplicado para dar certidumbre a las empresas, ya que el sector patronal había manifestado su inquietud porque en los considerandos de la ley secundaria de la UMA, aprobada por el Senado en diciembre pasado, se delineó que todo lo relacionado con la seguridad social sería contabilizado en base al mínimo.
De tal forma que en donde la Ley del Seguro Social (LSS) haga referencia al salario mínimo deberá sustituirse por la UMA cuyo valor será de 75.49 pesos diarios a partir del 1 de febrero de 2017, esto en lugar de los 80.04 pesos diarios que es el valor del salario mínimo.
“Lo que estamos haciendo es ajustar los sistemas para que donde la Ley del Seguro Social habla de referencias de salario mínimo se referirá a la UMA en cumplimiento a lo que señala la reforma constitucional” señaló Tuffic Miguel Ortega, director de Incorporación y Recaudación del IMSS.
Es decir, que todos los artículos de la LSS donde se hace referencia al salario mínimo serán ahora en base a la UMA y es el caso de las cuotas obrero-patronales fijas del Seguro de Enfermedades y Maternidad, y las cuotas que van al Seguro de Retiro Cesantía y Vejez, así como el límite superior para cotizar al Seguro Social será de 25 veces la UMA en lugar de determinado número de veces el salario mínimo.
La excepción va a ser el límite inferior para cotizar al IMSS, en ese caso no se aplicará la UMA porque la Ley establece que es con un salario mínimo el piso para dar de alta a un trabajador al Seguro Social, además el Artículo 123 de la Constitución señala que nadie puede ganar menos que el mínimo.
“Si el IMSS no aplicaba la UMA, si nosotros en lugar de UMA siguiéramos aplicando el salario mínimo violaríamos la reforma constitucional y la dejaríamos sin efecto y la violaríamos, y eso iría en perjuicio de los trabajadores”, indicó Ortega.
Explicó que la reforma constitucional tuvo el objetivo de la desindexación del salario mínimo, “los patrones señalaban que si querían aumentar los salarios eso impactaría en el pago de las cuotas de seguridad social y sería un obstáculo para poder aumentar los salarios al estar referidas algunas cosas al salario mínimo”.
La firma EY indicó que la Emisión Mensual Anticipada, correspondiente a enero y en los propios sistemas del instituto, se reflejará el valor del tope salarial de 25 UMAS, es decir, mil 887.25 pesos como tope máximo de cotización.
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