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Internacional
Piden no restringir movilidad laboral en el TLCAN
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*John Deere fabrica maquinaria y equipo agrícola
11/07/2017-Ciudad de México-El Economista/Roberto Morales
La empresa estadounidense Deere & Company (John Deere) advirtió que de restringirse la movilidad de visitantes de negocios en la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), se afectarán las exportaciones estadounidenses de equipo y maquinaria agrícola.

“Dada la importancia de los mercados canadiense y mexicano para los negocios de John Deere en Estados Unidos, es imprescindible ingresar a esos países con fluidez y eficiencia, al igual que el acceso a opciones de permiso de trabajo transparentes y predecibles donde los estadounidenses o trabajadores basados en Estados Unidos puedan llevar a cabo actividades empresariales en cualquiera de nuestros socios del TLCAN”, dijo Anku Nath, director de Política Comercial de Deere & Company.

Los trabajadores estadounidenses de John Deere se basan en una serie de disposiciones de movilidad del TLCAN para los ciudadanos de Estados Unidos bajo la categoría de Visitante de Negocios (B-1, no requiere permiso de trabajo), además de las categorías que sí requieren permiso de trabajo: Profesional de TLCAN (TN) y de Transferido Intra-empresa (L-1).

“Si las provisiones de movilidad del TLCAN se estrechan, esto perjudicará a los trabajadores estadounidenses de John Deere que necesitan permisos de trabajo canadienses o mexicanos”, dijo Nath, en un documento enviado a la Representación Comercial de Estados Unidos.

John Deere destacó que exporta de Estados Unidos insumos por “cientos de millones de dólares” para sus operaciones en México.

“Seguimos invirtiendo y desarrollando nuestra base de suministros de los Estados Unidos y como resultado, importamos componentes a nuestras instalaciones en México que no están disponibles en el mercado mexicano de manera rentable o no están disponibles en absoluto. El resultado para John Deere es un equilibrio saludable del comercio transfronterizo con los países del TLCAN”, agregó.

La empresa expuso que es común, en muchos países, encontrar empresas estatales o controladas involucradas en comportamiento comercial. “Si bien John Deere no se dedica a sectores en los que esto ocurre en Canadá o en México, consideramos importante incluir disposiciones que regulen el comportamiento de tales empresas dentro del TLCAN como una norma que otros países pueden incorporar a sus propias prácticas y obligaciones”, sugirió Nath.

También dijo que los documentos aduaneros y los requisitos de información a menudo se interpretan de manera diferente en los distintos cruces fronterizos, por lo que la eliminación de esta variación “suavizará” el proceso de envío de mercancías a través de la frontera e impulsará el ahorro de costos y de tiempo.

Según los datos reportados por la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos, esta nación tienen un superávit comercial sustancial dentro de la región del TLCAN en varias de las principales líneas de productos de John Deere, como tractores, segadoras, cosechadoras, niveladoras y cargadoras.

Las propuestas

No restringir la movilidad de visitantes de negocios.
Regular empresas estatales o controladas que realicen comercio internacional.
Homologar documentos aduaneros de México, Estados Unidos y Canadá.
Establecer normas no arancelarias basadas en la ciencia.
Homologar códigos de seguridad para maquinaria entre los tres países.

Visas de interés para John Deere

Las visas de negocios para visitantes (B-1)
Corresponden a las personas que, por ejemplo, tienen como objetivo reunirse con colegas de negocios; viajar por una convención profesional, de ciencias, de educación o de negocios o por una conferencia con fechas específicas; establecer una propiedad o negociar un contrato.

La Visa TN
Fue creada para facilitar el traslado temporal de profesionistas entre Canadá, México y Estados Unidos. El empleador en Estados Unidos deberá proveer al solicitante con una Carta de Empleo. La carta debe indicar que el puesto en cuestión requiere contratar a una persona con una capacidad profesional consistente con el Capítulo 16 del TLCAN. Entre ellas están: comercializador, propietarios de máquinas cosechadoras y servicios posventa.

La Visa L-1
Puede ser para un ejecutivo, gerente o una persona con conocimiento especializado con por lo menos un año de experiencia laboral previa con una empresa foránea. El empleado puede reunir los requisitos para trabajar en una oficina subsidiaria/sucursal preexistente o poner en funcionamiento una nueva oficina subsidiaria/sucursal para la empresa matriz en el extranjero.

Fuente: http://eleconomista.com.mx/industrias/2017/07/11/piden-no-restringir-movilidad-laboral-tlcan


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